csif.barcelona@gmail.com

jueves, 15 de enero de 2015

PAGA EXTRA 2012



Resolución de 29 de diciembre de 2014, conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones para la aplicación efectiva, en el ámbito del sector público estatal, de las previsiones de la disposición adicional décima segunda, de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015. 

En la misma se indica la recuperación de 44 días, tanto para el personal funcionario como laboral, con la nómina de este mes de enero de 2015 con el concepto de “Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012”. Aquel personal que ya no se encuentre en Correos, es decir que haya cambiado de habilitación desde el segundo semestre del año 2012, por cambiarse a otros ministerios, jubilarse o cualquier otro motivo, deberá rellenar la solicitud que figura en la Resolución y presentarla en su habilitación actual, junto con el certificado de supresión de la paga expedido por Correos.